Crivillén busca Juez de Paz
Debiendo proveerse en
este Municipio el cargo de Juez de Paz Titular y Sustituto, de conformidad en lo
establecido en el artículo 5.1 del Reglamento 3/95 de 7 de junio, se abre el
plazo de quince días desde la publicación de este anuncio en el "Boletín
Oficial" de la provincia para que por todos los interesados en el desempeño del
cargo puedan presentar su solicitud en la Secretaría del Ayuntamiento, debiendo
reunir las siguientes condiciones:
1.- Ser español y mayor
de edad.
2.- No estar incurso en
las siguientes causas de incompatibilidad:
-Ejercicio de cualquier
otra jurisdicción ajena al Poder Judicial.
-Ejercicio de cualquier
cargo de elección popular o designación política.
-Tener empleo o cargo
dotado o retribuido par la Administración Pública.
-Tener empleo de
cualquier clase en los Tribunales y Juzgados.
-Ejercer la abogacía o
la Procuraduría y todo tipo de asesoramiento jurídico.
3.- No estar incurso en
las siguientes causas de incapacidad:
-Estar impedido física o
psíquicamente para la función judicial.
-Estar condenado por
delito doloso mientras no haya obtenido la
rehabilitación.
-Estar procesado o
inculpado por delito doloso en tanto no sea absuelto o se dicte auto de
sobreseimiento.
- No estar en pleno
ejercicio de los derechos civiles.
Las instancias
solicitando tomar parte en la convocatoria, en la que los aspirantes
manifestaran que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigibles, se
dirigirán a la Sra., Alcaldesa - Presidente y se presentaran en el Registro
General de este Ayuntamiento durante el mencionado
plazo.
En caso de quedar
vacante la plaza de Juez de Paz Titular y Sustituto, el Pleno del Ayuntamiento
deberá proceder a su libre designación, conforme a lo establecido en el artículo
101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Crivillén, quince de mayo de dos
mil doce.-La Alcaldesa, María Josefa Lecina Ortín.Noticia en BOA
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