viernes, 1 de junio de 2012

Crivillén



Crivillén busca Juez de Paz

Debiendo proveerse en este Municipio el cargo de Juez de Paz Titular y Sustituto, de conformidad en lo establecido en el artículo 5.1 del Reglamento 3/95 de 7 de junio, se abre el plazo de quince días desde la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial" de la provincia para que por todos los interesados en el desempeño del cargo puedan presentar su solicitud en la Secretaría del Ayuntamiento, debiendo reunir las siguientes condiciones:
1.- Ser español y mayor de edad.
2.- No estar incurso en las siguientes causas de incompatibilidad:
-Ejercicio de cualquier otra jurisdicción ajena al Poder Judicial.
-Ejercicio de cualquier cargo de elección popular o designación política.
-Tener empleo o cargo dotado o retribuido par la Administración Pública.
-Tener empleo de cualquier clase en los Tribunales y Juzgados.
-Ejercer la abogacía o la Procuraduría y todo tipo de asesoramiento jurídico.
3.- No estar incurso en las siguientes causas de incapacidad:
-Estar impedido física o psíquicamente para la función judicial.
-Estar condenado por delito doloso mientras no haya obtenido la rehabilitación.
-Estar procesado o inculpado por delito doloso en tanto no sea absuelto o se dicte auto de sobreseimiento.
- No estar en pleno ejercicio de los derechos civiles.
Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, en la que los aspirantes manifestaran que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigibles, se dirigirán a la Sra., Alcaldesa - Presidente y se presentaran en el Registro General de este Ayuntamiento durante el mencionado plazo.
En caso de quedar vacante la plaza de Juez de Paz Titular y Sustituto, el Pleno del Ayuntamiento deberá proceder a su libre designación, conforme a lo establecido en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Crivillén, quince de mayo de dos mil doce.-La Alcaldesa, María Josefa Lecina Ortín.


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